La UCR de Coronel Dorrego convoca a elecciones internas para el 7 de Junio

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RESOLUCIÓN N.º XX/2026
CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNAS DISTRITALES
VISTO:
La Resolución N.º 001/2026 del Plenario del Comité de la Provincia de la Unión Cívica
Radical de Buenos Aires, mediante la cual se convocó a elecciones internas partidarias
para el día 7 de junio de 2026; y lo dispuesto por la Carta Orgánica Partidaria;
CONSIDERANDO:
Que la citada resolución provincial ha dispuesto la convocatoria a elecciones internas
para la renovación d e autoridades partidarias en todos sus niveles, fijando fecha, cargos
a elegir y cronograma electoral;
Que conforme lo establecido en el artículo 28 de la Carta Orgánica, corresponde a los
Comités de Distrito instrumentar la convocatoria en el ámbito local, asegurando su
adecuada difusión y organización;
Que el artículo 6 de la Resolución N.º 001/2026 establece que la convocatoria incluye la
que corresponde realizar a los Comités de Distrito, sin perjuicio de su deber de
determinar los locales d e votación, autoridades d e mesa y comunicar tales extremos a
la Junta Electoral Provincial;
Que en consecuencia corresponde dictar e l acto administrativo local que permita
operativizar el proceso electoral en este distrito;
Por ello,
EL COMITÉ D E DISTRITO D E LA UNIÓN CÍVICA RADICAL D E
CORONEL DORREGO
RESUELVE:

ARTÍCULO 19: Convocar a los afiliados de la Unión Cívica Radical del Distrito de Coronel
Dorrego a participar de las elecciones internas partidarias a celebrarse e l día domingo 7
de junio de 2026, e n el horario de 8 a 1 8 horas, en forma concurrente con la elección de
autoridades provinciales.
ARTÍCULO 2º: Hacer saber que en dicho acto eleccionario s e procederá a elegir, en el
ámbito del distrito:

  1. Autoridades del Comité de Distrito.
  2. Autoridades d e Comités de Circuito (si correspondiere).
  3. Delegados a la Honorable Convención Provincial (titulares y suplentes),
    conforme el cupo asignado a l distrito por l a convocatoria provincial.
    ARTÍCULO 3°: Establecer que la presentación de listas para cargos locales deberá
    efectuarse ante la Junta Electoral de Distrito, en las condiciones y conforme a los
    requisitos que establezca e l reglamento electoral aplicable, hasta el día 8 de mayo de
    2026 a las 23:59 horas, de conformidad con el cronograma electoral fijado por l a
    convocatoria provincial..
    ARTÍCULO 5º: Establecer que se utilizará e l padrón partidario que suministre el Juzgado
    Federal con Competencia Electoral, comunicado por la Junta Electoral Partidaria.
    ARTÍCULO 6º: Disponer la adecuada publicidad d e la presente convocatoria en el ámbito
    del distrito, por los medios habituales del partido. Comunicar la presente a la Junta
    Electoral de la Provincia de Buenos Aires.

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