Una buena iniciativa para Coronel Dorrego

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El señor Jorge Martinez tuvo una linda iniciativa para colocar en el vivero parque municipal o parque de la democracia , una pista de Karting a pedal , que seguramente sera un atractivo mas.

El Concejo Deliberante de Coronel Dorrego, mediante una ordenanza , respaldo dicha iniciativa.

Segun pudo saberse, la inauguracion sera este sabado y las edades sera para niños de 4 a 10 años.

Aqui la ordenanza pertinente:

STO:

La nota elevada a este Concejo Deliberante por el vecino Jorge Martínez, a través de
la cual solicita autorización para la instalación de una pista de karting a pedal en el Parque de
la Democracia; y
CONSIDERANDO:
Que el proyecto apunta a ofrecer una nueva alternativa a niños de entre
4 y 10 años de edad, ofreciente esparcimiento de bajo riesgo, juego al aire libre y actividad
física, en un entorno seguro.
Que el proyecto puede desarrollarse perfectamente en el piso de tierra,
contemplando la construcción de pequeñas lomadas y un arco de ingreso con el
correspondiente cartel identificatorio.
Que el Parque de la Democracia, es el lugar por excelencia donde la
población de la ciudad cabecera y visitantes se congregan a pasar un momento de
esparcimiento y disfrutar de la naturaleza.
Que este Concejo Deliberante propicia, fomenta y acompaña todo
emprendimiento que sume alternativas de recreación sana y segura para nuestra población.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades
que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º) Autorízase al Sr. Jorge Martínez, DNI 27.105.558, a utilizar el espacio
============ ubicado en el Parque de la Democracia, identificado en croquis adjunto,
para la explotación de una pista de Karting a pedal, con fines recreativos, para niños de entre
4 y 10 años de edad.-
ARTICULO 2º) La autorización dispuesta en el artículo anterior tendrá una vigencia de dos
============ años a partir de la promulgación de la presente norma y mientras se
desarrolle la actividad objeto de la misma.
ARTICULO 3º) El autorizado en el artículo anterior deberá contratar un seguro de
============ responsabilidad civil que cubra:
a) Lesiones físicas y daños materiales a terceras personas no transportadas sin límite
(Espectadores, público en general y/o persona a su cargo).-
b) Lesiones físicas y daños materiales a terceras personas transportadas sin límite
(Participantes).-
Ambas contrataciones deben contener una cláusula de no repetición contra la
Municipalidad de Coronel Dorrego.
ARTICULO 4º) El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Inspección
============ General, controlará que el organizador cumpla con las medidas de
seguridad y orden en el predio que se le autoriza utilizar, disponiendo los siguientes
elementos:

  • Botiquín de primeros auxilios
  • Elementos de seguridad para los participantes (casco y antiparras) MUNICIPALIDAD
    DE CORONEL DORREGO Departamento Deliberativo
    *
    CORRESPONDE:
    EXPTE. Nº 0116/25
  • El perímetro del circuito deberá estar delimitado por un sistema de protección, como
    neumáticos unidos entre sí, que amortigüen eventuales impactos que puedan
    producirse.
  • Como mínimo un cesto de residuos en el predio que se le autoriza utilizar.
  • Colocación de cartelería y medidas que identifiquen la actividad y delimiten el
    espacio ocupado.
    Estas medidas de seguridad serán imprescindibles para la realización del evento, sin
    perjuicio de toda otra que se implemente para resguardo de la integridad de personas
    asistentes.-
    ARTICULO 5º) El autorizado asume para sí, en forma exclusiva y excluyente, la
    ============= responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento de los
    participantes y público, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que
    pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo del evento.-
    ARTICULO 6º) El peticionante queda sujeto al pago de las contribuciones establecidas en
    ============ la correspondiente Ordenanza General Impositiva, o las que puedan
    sancionarse al respecto.-
    ARTÍCULO 7º) El responsable deberá cumplir con las disposiciones municipales vigentes,
    ============ sin perjuicio de toda otra normativa vigente en la materia a nivel provincial
    y/o nacional.-
    ARTICULO 8º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dese al
    ============= Registro Oficial y oportunamente archívese.-
    SALA DE SESIONES, 10 de Julio de 2025.-

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